Bajo el patrocinio legal de este Estudio Jurídico nuestro cliente, M.R.A., inició un proceso judicial en contra de la Contraloría General del Estado, por haber dictado una RESOLUCIÓN (acto administrativo) a través del cual se lo sancionó con la DESTITUCIÓN del cargo (Alcalde) y MULTA.
Nuestro argumento principal fue que la entidad estatal actuó fuera del tiempo previsto en la ley.
En sentencia, dictada en justo derecho, el Tribunal Contencioso Administrativo expuso que: “para juzgar la legalidad o ilegalidad de un acto administrativo, desde el punto de vista de la competencia, debe examinarse si fue dictado dentro de las facultades otorgadas (competencia materia), en un determinado territorio (competencia territorial) y en un marco de tiempo adecuado (competencia temporal). Si falla uno de estos aspectos, podrá hablarse, entonces, de incompetencia material, territorial o temporal, como causales de anulación del acto administrativo, cuando éste hubiere sido expedido por la autoridad en abierta contravención de esos estrictos límites de acción”. Y, gracias a nuestro argumento en derecho, efectivamente demostramos que la entidad de control gubernamental no pudo haber dictado la sanción de destitución y multa en contra de nuestro cliente, por haberse procedido fuera del tiempo legal; y haberlo hecho fuera de aquel, genera su nulidad: ahora declarada en sentencia.
Lamentablemente durante el transcurso del proceso judicial, nuestro cliente falleció. Sin embargo, con esta sentencia le rendimos homenaje póstumo.
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